Seguro Escolar ¿En qué consiste?

El seguro cubre a todos los alumnos regulares de establecimientos reconocidos por el Estado, de cualquier nivel de enseñanza y ante un accidente en el establecimeinto o en trayecto a este, tiene beneficios en hospitalización, medicamentos, prótesis, entre otros.

¿Cuáles son los casos contemplados por el Seguro Escolar?

En caso de accidentes ocurridos con ocasión de sus estudios o en la realización de su práctica profesional, en el trayecto directo –de ida y regreso- entre su casa y su establecimiento educacional, o en el lugar donde realice su práctica.

Asimismo, están cubiertos por el Seguro Escolar casos especiales como:

  • Estudiantes con régimen de internado.
  • Estudiantes que deben pernoctar fuera de su residencia habitual bajo la responsabilidad de autoridades educacionales con motivo de la realización de su práctica profesional.
  • Estudiantes en visitas a bibliotecas, museos, centros culturales, entre otras, siempre y cuando estas actividades estén incorporadas en la programación del establecimiento educacional y cuenten con la autorización respectiva.
  • Actividades extra escolares que estén reconocidas por el Mineduc.

El seguro se suspende si el estudiante no realiza sus estudios o su práctica profesional, como en el periodo de vacaciones.

¿Qué accidentes se exceptúan del seguro escolar?

Los accidentes producidos intencionalmente por la víctima y los ocurridos por fuerza mayor extraña, que no tengan relación alguna con los estudios o práctica profesional.

¿Qué Instituciones que administran el seguro escolar?

1)           El sistema Nacional de Servicios de Salud, que es el que otorga las prestaciones médicas gratuitas

2)           El IPS, que otorga las prestaciones pecuniarias por invalidez o muerte.

¿Qué beneficios médicos contempla este seguro?

El Seguro Escolar otorga los siguientes beneficios médicos gratuitos:

  • Atención médica, quirúrgica y dental en establecimientos públicos de salud o a domicilio.
  • Hospitalización, si fuese necesario a juicio del médico tratante.
  • Medicamentos y productos farmacéuticos.
  • Prótesis y aparatos ortopédicos, y su reparación.
  • Rehabilitación física y reeducación profesional; y
  • Gastos de traslado y cualquier otro necesario para el otorgamiento de estas prestaciones.

Estos beneficios duran hasta la curación completa del alumno o alumna, o mientras subsistan los síntomas de las secuelas causadas por el accidente.

Comprende además:

  • Atención médica, dental y cirugía, hospitalización, medicamentos, prótesis, aparatos ortopédicos y su reparación, rehabilitación física, reeducación profesional, pago de los gastos de traslado y cualquier otro gasto necesario para otorgar estas prestaciones.
  • El estudiante que a raíz de un accidente escolar pierde su capacidad para trabajar, actual o futura en un porcentaje inferior al 70% y superior al 15%,tiene derecho, si careciere de recursos, a una pensión de invalidez temporal y si su incapacidad es superior a un 70 % esta pensión es vitalicia, equivalente a un 22,2757% de ingreso mínimo.
  • CUOTA MORTUORIA: Equivale a un 44,5514% de un ingreso mínimo y se paga a la persona que compruebe haberse hecho cargo de los gastos funerarios de la víctima.
  • Educación gratuita para el estudiante accidentado que sufra una merma apreciable en su capacidad de estudio, a cargo del Ministerio de Educación.

¿Cuál es el procedimiento para que el seguro opere?

1)         Se debe enviar de inmediato al alumno accidentado a la Posta de Urgencia u Hospital más cercano al Establecimiento Educacional y que pertenezca al Sistema Público de Salud, debiéndose adoptar todas las medidas precautorias cuando el accidentado presente fracturas graves, expuestas o traumatismo encéfalo craneano (TEC)

2)         La denuncia se debe efectuar en Formulario N°0374-3, ejemplares que deberán estar en poder de los Establecimientos Educaciones y en el Centro Asistencial que atienda al accidentado

3)         El Director del Establecimiento Educacional deberá enviar 5 formulario al Centro Asistencial donde es atendido el alumno accidentado, los cuales una vez timbrados deberán distribuirse de la siguiente forma:

a)        Original: Ministerio de Salud (Servicio de Salud)

b)        1ª Copia: COMPIN

c)        1ª Copia: Establecimiento Asistencial

d)        3ª Copia: Establecimiento Educacional

e)        4ª Copia: Se entregará al apoderado.

¿Cómo se efectúa una denuncia por accidente escolar?

Todo accidente escolar deberá ser denunciado al Servicio de Salud en un formulario aprobado por dicho Servicio.

¿Quién debe denunciar el accidente escolar?

Estará obligado a denunciar el accidente el Jefe del Establecimiento Educacional respectivo tan pronto como tenga conocimiento de su ocurrencia

A falta del colegio o del hospital tratante,  la denuncia puede realizarla el propio accidentado o quien lo represente. También puede denunciar el accidente escolar, si el Establecimiento Educacional no efectuare la denuncia antes de las 24 horas o cualquier persona que haya tenido conocimiento de los hechos.

¿Cómo se acredita un accidente de trayecto directo?

Con el parte de carabineros, la declaración de testigos presenciales o cualquier otro medio de prueba igualmente fehaciente.

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DETALLES DEL SERVICIO PLAN PYME EMPRENDEDOR

I. Descripción de la cobertura 

CONSULTAS (ILIMITADO).

El servicio cubre la atención de un abogado para contestar consultas referentes a las siguientes materias legales regidas por la legislación chilena.

1. Derecho Laboral

  • Contratos de Trabajo
  • Despido de Trabajadores
  • Inspección del Trabajo
  • Derechos Laborales: feriados, permisos, remuneraciones, jornadas de trabajo
  •  

2. Derecho comercial

  • Normas sobre constitución y funcionamiento de sociedades
  • Normas sobre constitución y funcionamiento de empresas individuales de responsabilidad limitada
  • Determinación del giro de la sociedad o de la empresa
  • Facultades de administración, aportes de los socios
  • Repartos de utilidades y otras
  • Contratos comerciales: factoring, leasing, joint venture, representación
  • Cláusulas especiales de contratos comerciales
  • Mérito ejecutivo de factura
  •  

3. Derecho Municipal y Administrativo

  • Patentes y permisos municipales
  • Inicio de actividades
  • Autorizaciones Municipales
  • Autorizaciones, Instituto de Salud Pública
  • Otras autorizaciones administrativas
ASESORÍAS (Máximo 10 al año)
  • Constitución y modificación de sociedades
  • Inicio de actividades en el SII
  • Registro de marca
  • Contrato de arriendo online para inicio de actividades
  • Revisión y redacción de contratos con proveedores y clientes
  • Revisión y redacción de contratos de trabajo
OTROS
  • 50 fimas Electrónicas para documentos gestionados con LegalChile.
  • 20% de descuento en otros servicios que LegalChile tenga disponibles para la empresa o para los socios como persona natural.

II. Exclusiones 

a) La atención de asuntos ocurridos antes de la entrada en vigencia del plan.
b) Cualquier conflicto laboral de carácter sindical, colectivo o distinto de los descritos en la
cobertura de este plan.
c) Los gastos notariales o inscripciones, de la asesoría y los gastos, costas o indemnizaciones del juicio distintos a los incluidos expresamente en el plan, serán de cargo del cliente.
d) La concurrencia a citaciones o audiencias que hayan sido informadas a LegalChile 48 horas después de haber sido recibidas por el cliente, según conste en el estampe o notificación de la referida citación.
e) Acciones judiciales o defensas contra otros afiliados o en las cuales LegalChile tenga conflicto de interés. En este caso LegalChile sólo estará obligada a instar por la mediación o conciliación privada entre las partes y si esta fracasa, no podrá ni deberá intervenir en representación de ninguno de los involucrados.

III. Vigencia 

Cobertura 12 meses.

IV. Cobertura 

Nacional. (Excluido Juan Fernández; Isla de Pascua y territorio Antártico Chileno)

V. Como utilizar el servicio

El cliente podrá efectuar sus consultas de las siguientes formas:

Horario de atención:

  • Para consultas telefónicas: lunes a viernes de 9.00 a 18.00 horas.
  • Para consultas vía formulario de contacto: El cliente puede enviar su consulta en cualquier horario.

DETALLES DEL SERVICIO PLAN PYME FULL

I. Descripción de la cobertura 

CONSULTAS (ILIMITADO).

El servicio cubre la atención de un abogado para contestar consultas referentes a las siguientes materias legales regidas por la legislación chilena.

1. Derecho Laboral

  • Contratos de Trabajo
  • Despido de Trabajadores
  • Inspección del Trabajo
  • Derechos Laborales: feriados, permisos, remuneraciones, jornadas de trabajo
  •  

2. Derecho comercial

  • Normas sobre constitución y funcionamiento de sociedades
  • Normas sobre constitución y funcionamiento de empresas individuales de responsabilidad limitada
  • Determinación del giro de la sociedad o de la empresa
  • Facultades de administración, aportes de los socios
  • Repartos de utilidades y otras
  • Contratos comerciales: factoring, leasing, joint venture, representación
  • Cláusulas especiales de contratos comerciales
  • Mérito ejecutivo de factura
  •  

3. Derecho Municipal y Administrativo

  • Patentes y permisos municipales
  • Inicio de actividades
  • Autorizaciones Municipales
  • Autorizaciones, Instituto de Salud Pública
  • Otras autorizaciones administrativas
ASESORÍAS (Máximo 10 al año)
  • Citación SII por causas legales
  • Modificación de sociedades
  • Revisión y Redacción de contratos con proveedores y clientes
  • Revisión y Redacción de contratos de trabajo y anexos; cartas de amonestación, cartas de despido y finiquitos (no incluye el cálculo)
  • Redacción de Reglamento Interno de la empresa
  • Redacción de mandatos o poderes
  • Gestiones en Registro de Comercio
  • Cobranza Extrajudicial de facturas
JUICIOS

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OTROS
  • Firmas Electrónicas ilimitadas para documentos gestionados con LegalChile.
  • 40% de descuento en otros servicios que LegalChile tenga disponibles para la empresa o para los socios como persona natural.

II. Exclusiones 

a) La atención de asuntos ocurridos antes de la entrada en vigencia del plan.
b) Cualquier conflicto laboral de carácter sindical, colectivo o distinto de los descritos en la
cobertura de este plan.
c) Los gastos notariales o inscripciones, de la asesoría y los gastos, costas o indemnizaciones del juicio distintos a los incluidos expresamente en el plan, serán de cargo del cliente.
d) La concurrencia a citaciones o audiencias que hayan sido informadas a LegalChile 48 horas después de haber sido recibidas por el cliente, según conste en el estampe o notificación de la referida citación.
e) Acciones judiciales o defensas contra otros afiliados o en las cuales LegalChile tenga conflicto de interés. En este caso LegalChile sólo estará obligada a instar por la mediación o conciliación privada entre las partes y si esta fracasa, no podrá ni deberá intervenir en representación de ninguno de los involucrados.

III. Vigencia 

Cobertura 12 meses.

IV. Cobertura 

Nacional. (Excluido Juan Fernández; Isla de Pascua y territorio Antártico Chileno)

V. Como utilizar el servicio

El cliente podrá efectuar sus consultas de las siguientes formas:

Horario de atención:

  • Para consultas telefónicas: lunes a viernes de 9.00 a 18.00 horas.
  • Para consultas vía formulario de contacto: El cliente puede enviar su consulta en cualquier horario.
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