¿Cómo funciona la compensación económica?

La compensación económica es una figura legal relativamente nueva en nuestro Derecho de Familia, y consiste en el derecho que le asiste a uno de los cónyuges que, por haberse dedicado al cuidado de los hijos o las labores propias del hogar común, no pudo desarrollar una actividad  remunerada o lucrativa durante el matrimonio o lo hizo en menor medida de lo que podía o quería, para que se le compense el menoscabo económico sufrido por esta causa cuando se produzca el divorcio o se declare la nulidad del matrimonio.

¿Cuáles son las modalidades en que se debe manifestar el perjuicio compensable?

Para que pueda compensarse el perjuicio compensable, el cónyuge solicitante debe acreditar que no pudo desarrollar una actividad lucrativa durante el matrimonio o habiéndola desarrollado, lo hizo en menor medida de lo que quería o podía.

¿La compensación económica sólo la puede determinar el juez de familia?

No, las partes de común acuerdo pueden establecer que durante la vida conyugal se dieron los presupuestos para otorgar compensación económica y de esta forma establecer el monto a pagar y su forma de pago. En caso de no existir acuerdo entre los cónyuges, corresponderá al juez determinar la procedencia de la compensación económica y fijar su monto.

¿Cuáles son los criterios otorgados por la ley para determinar la existencia del menoscabo económico y por ende la cuantía de la compensación económica?

Nuestra legislación establece los siguientes criterios a tener en consideración por los cónyuges o por el juez en caso de no existir acuerdo entre estos y son:

A)     La duración del matrimonio y de la vida en común.

B)      La situación patrimonial de ambos.

C)    La Buena o mala fe.

D)     La edad y el estado de salud del cónyuge beneficiario.

E)      La situación del cónyuge beneficiario en materia de beneficios previsionales y de salud.

F)       La cualificación profesional y posibilidades de acceso al mercado laboral del cónyuge beneficiario.

G)    La colaboración que hubiere prestado a del cónyuge beneficiario  las actividades lucrativas del otro cónyuge.

¿Si la demanda de divorcio es presentada por la causal de culpa, puede el cónyuge que dio ocasión a dicha causal solicitar compensación económica?

Antes de contestar esta pregunta es preciso señalar que el divorcio culposo es aquel que se solicita su declaración porque uno de los cónyuges, con su conducta, ha incurrido en una falta imputable, que constituye una violación grave de los deberes y obligaciones que impone el matrimonio, o de los deberes y obligaciones para con los hijos; esta falta imputable debe hacer intolerable la vida en común. Detallado lo que es este tipo de divorcio la ley no prohíbe la solicitud del cónyuge que ha causado el quiebre matrimonial por su culpa, sin embargo, la ley entrega la facultad al juez de denegar de plano la compensación económica o de disminuir  prudencialmente su monto.

¿Cómo se establece el monto y formas de pago de la compensación económica?

El monto y forma de pago en primer lugar puede ser consensuada entre los cónyuges  estipulada en escritura  pública o acta de avenimiento contenido en la demanda a presentada ante el Juzgado de Familia correspondiente; y a falta de esta voluntad le corresponde al juez valorarla y establecer su forma de pago.

¿Cuáles son las modalidades  de pago de la compensación económica que el juez puede establecer?

 El juez puede establecer las siguientes modalidades

A) Entrega de una suma de dinero, acciones u otros bienes. En el caso de dinero podrá ser pagado en 1 o varias cuotas reajustables.

B) Constitución de derechos de usufructo, uso o habitación respecto de bienes que sean de propiedad del cónyuge deudor.

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DETALLES DEL SERVICIO PLAN PYME EMPRENDEDOR

I. Descripción de la cobertura 

CONSULTAS (ILIMITADO).

El servicio cubre la atención de un abogado para contestar consultas referentes a las siguientes materias legales regidas por la legislación chilena.

1. Derecho Laboral

  • Contratos de Trabajo
  • Despido de Trabajadores
  • Inspección del Trabajo
  • Derechos Laborales: feriados, permisos, remuneraciones, jornadas de trabajo
  •  

2. Derecho comercial

  • Normas sobre constitución y funcionamiento de sociedades
  • Normas sobre constitución y funcionamiento de empresas individuales de responsabilidad limitada
  • Determinación del giro de la sociedad o de la empresa
  • Facultades de administración, aportes de los socios
  • Repartos de utilidades y otras
  • Contratos comerciales: factoring, leasing, joint venture, representación
  • Cláusulas especiales de contratos comerciales
  • Mérito ejecutivo de factura
  •  

3. Derecho Municipal y Administrativo

  • Patentes y permisos municipales
  • Inicio de actividades
  • Autorizaciones Municipales
  • Autorizaciones, Instituto de Salud Pública
  • Otras autorizaciones administrativas
ASESORÍAS (Máximo 10 al año)
  • Constitución y modificación de sociedades
  • Inicio de actividades en el SII
  • Registro de marca
  • Contrato de arriendo online para inicio de actividades
  • Revisión y redacción de contratos con proveedores y clientes
  • Revisión y redacción de contratos de trabajo
OTROS
  • 50 fimas Electrónicas para documentos gestionados con LegalChile.
  • 20% de descuento en otros servicios que LegalChile tenga disponibles para la empresa o para los socios como persona natural.

II. Exclusiones 

a) La atención de asuntos ocurridos antes de la entrada en vigencia del plan.
b) Cualquier conflicto laboral de carácter sindical, colectivo o distinto de los descritos en la
cobertura de este plan.
c) Los gastos notariales o inscripciones, de la asesoría y los gastos, costas o indemnizaciones del juicio distintos a los incluidos expresamente en el plan, serán de cargo del cliente.
d) La concurrencia a citaciones o audiencias que hayan sido informadas a LegalChile 48 horas después de haber sido recibidas por el cliente, según conste en el estampe o notificación de la referida citación.
e) Acciones judiciales o defensas contra otros afiliados o en las cuales LegalChile tenga conflicto de interés. En este caso LegalChile sólo estará obligada a instar por la mediación o conciliación privada entre las partes y si esta fracasa, no podrá ni deberá intervenir en representación de ninguno de los involucrados.

III. Vigencia 

Cobertura 12 meses.

IV. Cobertura 

Nacional. (Excluido Juan Fernández; Isla de Pascua y territorio Antártico Chileno)

V. Como utilizar el servicio

El cliente podrá efectuar sus consultas de las siguientes formas:

Horario de atención:

  • Para consultas telefónicas: lunes a viernes de 9.00 a 18.00 horas.
  • Para consultas vía formulario de contacto: El cliente puede enviar su consulta en cualquier horario.

DETALLES DEL SERVICIO PLAN PYME FULL

I. Descripción de la cobertura 

CONSULTAS (ILIMITADO).

El servicio cubre la atención de un abogado para contestar consultas referentes a las siguientes materias legales regidas por la legislación chilena.

1. Derecho Laboral

  • Contratos de Trabajo
  • Despido de Trabajadores
  • Inspección del Trabajo
  • Derechos Laborales: feriados, permisos, remuneraciones, jornadas de trabajo
  •  

2. Derecho comercial

  • Normas sobre constitución y funcionamiento de sociedades
  • Normas sobre constitución y funcionamiento de empresas individuales de responsabilidad limitada
  • Determinación del giro de la sociedad o de la empresa
  • Facultades de administración, aportes de los socios
  • Repartos de utilidades y otras
  • Contratos comerciales: factoring, leasing, joint venture, representación
  • Cláusulas especiales de contratos comerciales
  • Mérito ejecutivo de factura
  •  

3. Derecho Municipal y Administrativo

  • Patentes y permisos municipales
  • Inicio de actividades
  • Autorizaciones Municipales
  • Autorizaciones, Instituto de Salud Pública
  • Otras autorizaciones administrativas
ASESORÍAS (Máximo 10 al año)
  • Citación SII por causas legales
  • Modificación de sociedades
  • Revisión y Redacción de contratos con proveedores y clientes
  • Revisión y Redacción de contratos de trabajo y anexos; cartas de amonestación, cartas de despido y finiquitos (no incluye el cálculo)
  • Redacción de Reglamento Interno de la empresa
  • Redacción de mandatos o poderes
  • Gestiones en Registro de Comercio
  • Cobranza Extrajudicial de facturas
JUICIOS

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OTROS
  • Firmas Electrónicas ilimitadas para documentos gestionados con LegalChile.
  • 40% de descuento en otros servicios que LegalChile tenga disponibles para la empresa o para los socios como persona natural.

II. Exclusiones 

a) La atención de asuntos ocurridos antes de la entrada en vigencia del plan.
b) Cualquier conflicto laboral de carácter sindical, colectivo o distinto de los descritos en la
cobertura de este plan.
c) Los gastos notariales o inscripciones, de la asesoría y los gastos, costas o indemnizaciones del juicio distintos a los incluidos expresamente en el plan, serán de cargo del cliente.
d) La concurrencia a citaciones o audiencias que hayan sido informadas a LegalChile 48 horas después de haber sido recibidas por el cliente, según conste en el estampe o notificación de la referida citación.
e) Acciones judiciales o defensas contra otros afiliados o en las cuales LegalChile tenga conflicto de interés. En este caso LegalChile sólo estará obligada a instar por la mediación o conciliación privada entre las partes y si esta fracasa, no podrá ni deberá intervenir en representación de ninguno de los involucrados.

III. Vigencia 

Cobertura 12 meses.

IV. Cobertura 

Nacional. (Excluido Juan Fernández; Isla de Pascua y territorio Antártico Chileno)

V. Como utilizar el servicio

El cliente podrá efectuar sus consultas de las siguientes formas:

Horario de atención:

  • Para consultas telefónicas: lunes a viernes de 9.00 a 18.00 horas.
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