Guía completa de Postnatal Vol. 1

Desde que se aprobó, ha existido una gran cantidad de dudas. ¿Cuál es la diferencia entre postnatal y postnatal parental? ¿A quién beneficia? ¿El padre puede optar a postnatal?. Éstas y otras preguntas las explicamos en la primera parte de la guía completa del postnatal. Revisa la segunda parte.

¿Cuánto dura  el descanso maternal postnatal?

Doce semanas después de la fecha efectiva del parto (84 días).  Esta fecha la indica el certificado de nacimiento y comprobante de parto emitido por el médico correspondiente

.¿A quiénes beneficia?

Todas las trabajadoras, dependientes o independientes, tienen derecho al descanso por maternidad, es más, la madre tiene prohibición de realizar actividades remuneradas durante el período comprendido en el descanso posnatal. Si la madre muriera en el parto o durante el período de dicho permiso o el resto de él que sea destinado al cuidado del hijo corresponderá al padre o a quien le fuere otorgada la custodia del menor.

¿La trabajadora recibe remuneración en ese período?

No recibe remuneración de su empleador, pero puede recibir el subsidio por parte del Estado.

¿En qué consiste el descanso postnatal parental?

Este es el llamado post natal de 6 meses. Es el tiempo de descanso inmediatamente siguiente al período de reposo postnatal, con derecho a subsidio, establecido en favor de la madre, por 12 semanas (llamado post natal parental completo) o, en caso de reincorporarse a trabajar por la mitad de su jornada laboral, de 18 semanas, recibiendo el 50% del correspondiente subsidio (llamado post natal parental parcial). Este permiso tiene un carácter irrenunciable.

Corresponderá al padre hacer uso del permiso postnatal parental cuando la madre hubiere fallecido o cuando el padre tuviere el cuidado personal del menor.

Este permiso postnatal parental de 12 semanas completas, también se establece  para la trabajadora o el trabajador que tenga a su cuidado a un menor de seis meses, respecto del cual tengan su tuición judicial  o cuidado personal.

¿Quiénes son los beneficiarios de estas nuevas normas sobre protección a la maternidad?

Todos los trabajadores dependientes del sector privado y público, e independientes, afectos al sistema previsional, incluidos los trabajadores imponentes de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional y de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile.

¿Cuál es el monto del subsidio en el caso del permiso postnatal parental?

El monto del subsidio será el promedio de las remuneraciones o rentas obtenidas antes del embarazo, comparadas con el promedio obtenido los tres o seis meses antes de iniciar el prenatal. El monto del subsidio corresponderá al menor de los dos promedios, que van desde medio ingreso mínimo mensual (hasta 66 UF como máximo)

La base de cálculo del subsidio  que origine el permiso postnatal parental será la misma del subsidio derivado del descanso de maternidad, conocido también como permiso postnatal. Por tanto, el valor diario de este subsidio será el mismo que percibió la madre durante el periodo de descanso postnatal. Sin embargo dicho subsidio se reducirá a la mitad si la madre opta por trabajar media jornada, ya que se supone que percibirá junto con este subsidio, lo correspondiente a la proporción de sus remuneraciones que le pague el empleador por la media jornada que trabaje.

¿Puede el padre del niño hacer uso de este descanso postnatal parental?

Sí, la ley contempla que parte de este permiso posnatal parental lo pueda ejercer el padre del niño.

¿Cuáles son los requisitos y condiciones para que se produzca el traspaso del permiso postnatal parental al padre del niño?

Para revisar estos requisitos pincha aquí

¿Además de poder optar al postnatal parental, el padre tiene otros días de postnatal?

Sí, el Padre tendrá derecho a un permiso pagado, de costo del empleador, de cuatro días en caso de nacimiento de uno o varios hijos. Sin perjuicio del permiso que ya otorga el artículo 66 del Código del Trabajo, que da un día. Por consiguiente, el padre tendrá derecho a un total de cinco días pagados. Estos días se pueden tomar a partir del día del parto o sentencia definitiva de adopción en forma consecutiva o fraccionada durante el primer mes de nacimiento o adopción de él o los hijos, estos días son independientes de los feriados o los días de descanso del trabajador.

¿Más dudas sobre postnatal? Revisa la segunda parte aquí.

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DETALLES DEL SERVICIO PLAN PYME EMPRENDEDOR

I. Descripción de la cobertura 

CONSULTAS (ILIMITADO).

El servicio cubre la atención de un abogado para contestar consultas referentes a las siguientes materias legales regidas por la legislación chilena.

1. Derecho Laboral

  • Contratos de Trabajo
  • Despido de Trabajadores
  • Inspección del Trabajo
  • Derechos Laborales: feriados, permisos, remuneraciones, jornadas de trabajo
  •  

2. Derecho comercial

  • Normas sobre constitución y funcionamiento de sociedades
  • Normas sobre constitución y funcionamiento de empresas individuales de responsabilidad limitada
  • Determinación del giro de la sociedad o de la empresa
  • Facultades de administración, aportes de los socios
  • Repartos de utilidades y otras
  • Contratos comerciales: factoring, leasing, joint venture, representación
  • Cláusulas especiales de contratos comerciales
  • Mérito ejecutivo de factura
  •  

3. Derecho Municipal y Administrativo

  • Patentes y permisos municipales
  • Inicio de actividades
  • Autorizaciones Municipales
  • Autorizaciones, Instituto de Salud Pública
  • Otras autorizaciones administrativas
ASESORÍAS (Máximo 10 al año)
  • Constitución y modificación de sociedades
  • Inicio de actividades en el SII
  • Registro de marca
  • Contrato de arriendo online para inicio de actividades
  • Revisión y redacción de contratos con proveedores y clientes
  • Revisión y redacción de contratos de trabajo
OTROS
  • 50 fimas Electrónicas para documentos gestionados con LegalChile.
  • 20% de descuento en otros servicios que LegalChile tenga disponibles para la empresa o para los socios como persona natural.

II. Exclusiones 

a) La atención de asuntos ocurridos antes de la entrada en vigencia del plan.
b) Cualquier conflicto laboral de carácter sindical, colectivo o distinto de los descritos en la
cobertura de este plan.
c) Los gastos notariales o inscripciones, de la asesoría y los gastos, costas o indemnizaciones del juicio distintos a los incluidos expresamente en el plan, serán de cargo del cliente.
d) La concurrencia a citaciones o audiencias que hayan sido informadas a LegalChile 48 horas después de haber sido recibidas por el cliente, según conste en el estampe o notificación de la referida citación.
e) Acciones judiciales o defensas contra otros afiliados o en las cuales LegalChile tenga conflicto de interés. En este caso LegalChile sólo estará obligada a instar por la mediación o conciliación privada entre las partes y si esta fracasa, no podrá ni deberá intervenir en representación de ninguno de los involucrados.

III. Vigencia 

Cobertura 12 meses.

IV. Cobertura 

Nacional. (Excluido Juan Fernández; Isla de Pascua y territorio Antártico Chileno)

V. Como utilizar el servicio

El cliente podrá efectuar sus consultas de las siguientes formas:

Horario de atención:

  • Para consultas telefónicas: lunes a viernes de 9.00 a 18.00 horas.
  • Para consultas vía formulario de contacto: El cliente puede enviar su consulta en cualquier horario.

DETALLES DEL SERVICIO PLAN PYME FULL

I. Descripción de la cobertura 

CONSULTAS (ILIMITADO).

El servicio cubre la atención de un abogado para contestar consultas referentes a las siguientes materias legales regidas por la legislación chilena.

1. Derecho Laboral

  • Contratos de Trabajo
  • Despido de Trabajadores
  • Inspección del Trabajo
  • Derechos Laborales: feriados, permisos, remuneraciones, jornadas de trabajo
  •  

2. Derecho comercial

  • Normas sobre constitución y funcionamiento de sociedades
  • Normas sobre constitución y funcionamiento de empresas individuales de responsabilidad limitada
  • Determinación del giro de la sociedad o de la empresa
  • Facultades de administración, aportes de los socios
  • Repartos de utilidades y otras
  • Contratos comerciales: factoring, leasing, joint venture, representación
  • Cláusulas especiales de contratos comerciales
  • Mérito ejecutivo de factura
  •  

3. Derecho Municipal y Administrativo

  • Patentes y permisos municipales
  • Inicio de actividades
  • Autorizaciones Municipales
  • Autorizaciones, Instituto de Salud Pública
  • Otras autorizaciones administrativas
ASESORÍAS (Máximo 10 al año)
  • Citación SII por causas legales
  • Modificación de sociedades
  • Revisión y Redacción de contratos con proveedores y clientes
  • Revisión y Redacción de contratos de trabajo y anexos; cartas de amonestación, cartas de despido y finiquitos (no incluye el cálculo)
  • Redacción de Reglamento Interno de la empresa
  • Redacción de mandatos o poderes
  • Gestiones en Registro de Comercio
  • Cobranza Extrajudicial de facturas
JUICIOS

Defensa de juicios laborales: 50% de descuento

OTROS
  • Firmas Electrónicas ilimitadas para documentos gestionados con LegalChile.
  • 40% de descuento en otros servicios que LegalChile tenga disponibles para la empresa o para los socios como persona natural.

II. Exclusiones 

a) La atención de asuntos ocurridos antes de la entrada en vigencia del plan.
b) Cualquier conflicto laboral de carácter sindical, colectivo o distinto de los descritos en la
cobertura de este plan.
c) Los gastos notariales o inscripciones, de la asesoría y los gastos, costas o indemnizaciones del juicio distintos a los incluidos expresamente en el plan, serán de cargo del cliente.
d) La concurrencia a citaciones o audiencias que hayan sido informadas a LegalChile 48 horas después de haber sido recibidas por el cliente, según conste en el estampe o notificación de la referida citación.
e) Acciones judiciales o defensas contra otros afiliados o en las cuales LegalChile tenga conflicto de interés. En este caso LegalChile sólo estará obligada a instar por la mediación o conciliación privada entre las partes y si esta fracasa, no podrá ni deberá intervenir en representación de ninguno de los involucrados.

III. Vigencia 

Cobertura 12 meses.

IV. Cobertura 

Nacional. (Excluido Juan Fernández; Isla de Pascua y territorio Antártico Chileno)

V. Como utilizar el servicio

El cliente podrá efectuar sus consultas de las siguientes formas:

Horario de atención:

  • Para consultas telefónicas: lunes a viernes de 9.00 a 18.00 horas.
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