Todas las respuestas sobre el Bono Marzo 2015

El Aporte Familiar Permanente, más conocido como Bono Marzo, este año entregará $41.236 y se comenzará a recibir a partir del lunes 2 de marzo. Fuente: www.gob.cl

¿Cuáles son los requisitos para recibir el bono?

El Aporte Familiar Permanente le corresponderá recibirlo, en marzo de cada año, a quienes hayan tenido una de las siguientes calidades o condiciones al 31 de diciembre del año anterior:

a) Beneficiarios de Subsidio Familiar (también conocido como SUF).

b) Beneficiarios de Asignación Familiar o Maternal que hayan percibido esas asignaciones por tener un ingreso mensual, a esa misma fecha (31 de diciembre del año anterior), igual o inferior al límite legal que da derecho a recibir esas asignaciones.

En otras palabras, los beneficiarios de asignación familiar que exceden el tope legal de ingresos, continúan con sus cargas, pero sin recibir dinero por cada una de ellas. Así, quienes exceden el límite de ingresos, no accederán al Aporte Familiar Permanente del año respectivo.

c) Familias usuarias del Subsistema “Seguridades y Oportunidades” (conocido como Ingreso Ético Familiar).

d) Familias participantes del Subsistema “Chile Solidario”.

¿Cómo sé si soy beneficiario?

Para hacerlo más fácil el gobierno ha implementado el sitio, donde ingresando tu número de RUN, podrás verificarlo. REVÍSALO AQUÍ, desde el 2 de marzo.

¿Cuál es el monto del bono?

Este año será de $41.236 por cada carga familiar o causante de SUF que el beneficiario tenga acreditada al 31 de diciembre de 2014.

Será también de $41.236 por cada familia que al 31 de diciembre de 2013 haya sido usuaria del Subsistema de Seguridades y Oportunidades (Ingreso Ético Familiar) o del Subsistema Chile Solidario.

¿Cómo postulo?

A este bono no se postula, lo reciben automáticamente las familias que cumplan con los requisitos.

¿Cómo se paga?

El Instituto de Previsión Social pagará el Aporte a través de las sucursales de pago de la Caja de Compensación Los Héroes, contratadas por el IPS, o mediante transferencia bancaria en los casos en que el beneficiario ya tenga esa modalidad de pago convenida con el IPS para el cobro regular de su beneficio.

¿Qué hago si creo que cumplo los requisitos y no aparezco en el listado de beneficiados?

Tiene un año para apelar.

¿Quién cobra el subsidio si el beneficiario de asignación familiar no vive con sus cargas?

La ley prefiere siempre a la madre que vive con sus hijos, aun sin conocimiento ni consentimiento del beneficiario que los tenga inscritos como cargas.

Si hay más de un potencial beneficiario, se le entrega a la madre.

Si quien recibe el Aporte no tiene inscritas a su nombre las cargas por las que se le da el beneficio, esta persona tiene 30 días para entregar el dinero a quien haya recibido el pago efectivo de las asignaciones familiares o a quien tenga derechos legales por alimentos.

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