¿Cómo y por qué puedo cambiarme de nombre?

¿En qué casos puedo cambiarme de nombre o el  apellido o ambos?

La ley 17.344 establece la posibilidad de cambiar los nombres o apellidos o ambos por una sola vez, en los siguientes casos:

– Si es que son ridículos, risibles o menoscaben moral o materialmente a la persona.

– Cuando la persona haya sido conocida por más de cinco año, por motivos atendibles, con otros nombres o apellidos diferentes a los propios.

– En el caso de que la persona haya sido inscrita con un solo apellido o con dos iguales  en caso de no estar determinada la filiación de los padres o sólo de uno de ellos.

– Si es que los nombres, apellidos o ambos no sean de origen español, puede solicitarse la autorización para traducirlos al idioma castellano o cambiarlos si la pronunciación o escrituración de los mismos es difícil en un medio de habla castellana.

¿Quién autoriza el cambio?

Se trata de un procedimiento judicial, quién autoriza es  el tribunal civil correspondiente al domicilio del peticionario previas gestiones,  como  la publicación de la solicitud de cambio de nombre en el Diario Oficial, recibir la información de testigos que den cuenta del cumplimiento  de los requisitos para el cambio, y escuchar  la opinión de la  Dirección General del Registro Civil e identificación.

La sentencia que autoriza el cambio de nombres, apellidos, o de ambos a la vez o la supresión de nombres propios sólo surte efecto una vez inscrita en el Servicio de Registro Civil modificando el acta de nacimiento.

 ¿Se puede negar la solicitud?

Sí,  desde la publicación señalada se abre un plazo de treinta días para que cualquier persona que tenga interés se oponga a la solicitud,  y en este caso el  oponente deberá allegar conjuntamente con su oposición los antecedentes que la justifiquen y el  juez con todos los antecedentes dicta sentencia.

Además se  negará cuando el solicitante se encuentre procesado o haya sido condenado por crimen o simple delito que merezca pena aflictiva, a menos que en este último caso hubieren transcurrido más de diez años desde la fecha en que quedó ejecutoriada la sentencia de condena  y se encuentre cumplida la pena.

¿Cuáles son las consecuencias de cambiarme de nombre?

La persona sólo podrá usar en el futuro, en todas sus actuaciones, su nuevo nombre, apellidos, en la forma que determine el juez en la sentencia que autoriza.

Importante es señalar que el cambio de apellidos no altera la filiación, pero alcanza  a los hijos menores de edad y los mayores que consientan en ello.

Compartir

Nuestros productos online

Productos familia

Deja todo en nuestras manos, tenemos más de 25 años de experiencia solucionando conflictos legales de familia.

Juicio de arriendo

Resolver los problemas con tu arrendatario es nuestra especialidad. Tendrás un precio único y conocido y la mejor asesoría legal.

Contrato de arriendo Online

Certificado por notario, con cobertura Legal para el arrendador, sin costos adicionales. 100% modificable.

Consulta legal

No te quedes con dudas, ¡Habla con un abogado ahora!

Posesión efectiva Online

Tramitamos la posesión efectiva intestada que necesitas realizar. ¿No sabes dónde conseguir los certificados?

Divorcio mutuo acuerdo

Tramitamos tu divorcio de forma rápida y sencilla. 100% online. ¡Sin costos adicionales!

Planes Pyme

Cuenta con un nuevo socio para tu empresa, con nuestro planes especialmente pensado para pequeñas y medianas empresas.

Consulta legal PYME

Nuestra Consulta Legal Pyme, te permitirá acceder al mejor servicio de abogados especialistas en temas laborales y tributarios.

Productos colectivos

Somos una alternativa para las áreas de Recursos Humanos en la entrega de asistencia y beneficios para trabajadores.

×
Escríbenos por Whatsapp