Todo sobre los gastos comunes en edificios y condominios

gastos comunes en edificios, cobro de gastos comunes
Una de las obligaciones que tienen los copropietarios de una comunidad es pagar los gastos comunes. ¿Pero qué son? ¿Hay sanciones si no se pagan? ¿Alguien se puede eximir de pagarlos? Aquí te contamos los aspectos más relevantes sobre la regulación y su cobro.

 

¿Qué son los gastos comunes?

Son aquellos gastos necesarios para la administración, como por ejemplo: mantención, reparación y uso de los bienes comunes, estando obligados al pago todos los copropietarios, tratándose de un gasto irrenunciable. Se pueden clasificar en gastos comunes ordinarios y extraordinarios. 

¿Cuáles son los gastos comunes ordinarios?
  • Los gastos de administración, que son los correspondientes a remuneraciones del personal.
  • Los de mantención, es decir, aquellos necesarios para el mantenimiento de los bienes de dominio común.
  • Los de reparación, que son aquellos que demande el arreglo de desperfectos o deterioro de los bienes comunes.
  • Los gastos de uso y consumo, como los correspondientes a los servicios colectivos de calefacción, agua potable, gas, energía eléctrica, telefonía u otros de similar naturaleza.
¿Cuáles son los gastos comunes extraordinarios?

Son aquellos gastos que deben ser acordados en sesiones extraordinarias de copropietarios, con quorum calificado, y se trata de aquellos gastos adicionales o diferentes a los gastos comunes ordinarios y las sumas destinadas a nuevas obras comunes.

¿Quiénes son las personas obligadas al pago de gastos comunes?

De acuerdo con lo dispuesto en la ley, están obligados al pago de estos gastos:

  • El propietario
  • El arrendatario
  • En el caso que el dominio de una unidad pertenezca a una o más personas en común, cada una de ellas es solidariamente responsable del pago de la totalidad de los gastos en común.
¿Cuáles son las sanciones a las que se expone el copropietario que no paga los gastos comunes?

La ley dispone una sanción para el copropietario que no paga, señalando que la deuda adquirirá el interés máximo convencional, y en este caso, por tratarse de una obligación en dinero, es la ley la que avalúa los perjuicios producidos.

El hecho de que un copropietario no use un buen de dominio común, o incluso mantenga desocupada su propiedad ¿Lo exime del pago?

No lo exime. De hecho, la ley no admite la renuncia al derecho de usar un determinado para eximirse del pago que ese bien ocasiona. Esto implica, que la obligación de contribuir no está condicionada al hecho de hacer o no uso de los bienes de dominio común.

¿A quién le corresponde efectuar la determinación, cálculo y cobro de los estos gastos?

Le corresponde al Administrador. Será responsabilidad de él comunicar el valor a pagar por cada copropietario.  

¿Quién es el responsable de recaudar el pago de los gastos comunes?

En principio es el administrador, salvo que el propio Comité de Administración les encomiende a otras entidades de derecho público o privado que estén facultadas para prestar este servicio.

Conoce todo sobre la ley de copropiedad en este artículo

Compartir

Nuestros productos online

Productos familia

Deja todo en nuestras manos, tenemos más de 25 años de experiencia solucionando conflictos legales de familia.

Juicio de arriendo

Resolver los problemas con tu arrendatario es nuestra especialidad. Tendrás un precio único y conocido y la mejor asesoría legal.

Contrato de arriendo Online

Certificado por notario, con cobertura Legal para el arrendador, sin costos adicionales. 100% modificable.

Consulta legal

No te quedes con dudas, ¡Habla con un abogado ahora!

Posesión efectiva Online

Tramitamos la posesión efectiva intestada que necesitas realizar. ¿No sabes dónde conseguir los certificados?

Divorcio mutuo acuerdo

Tramitamos tu divorcio de forma rápida y sencilla. 100% online. ¡Sin costos adicionales!

Planes Pyme

Cuenta con un nuevo socio para tu empresa, con nuestro planes especialmente pensado para pequeñas y medianas empresas.

Consulta legal PYME

Nuestra Consulta Legal Pyme, te permitirá acceder al mejor servicio de abogados especialistas en temas laborales y tributarios.

Productos colectivos

Somos una alternativa para las áreas de Recursos Humanos en la entrega de asistencia y beneficios para trabajadores.

DETALLES DEL SERVICIO PLAN PYME EMPRENDEDOR

I. Descripción de la cobertura 

CONSULTAS (ILIMITADO).

El servicio cubre la atención de un abogado para contestar consultas referentes a las siguientes materias legales regidas por la legislación chilena.

1. Derecho Laboral

  • Contratos de Trabajo
  • Despido de Trabajadores
  • Inspección del Trabajo
  • Derechos Laborales: feriados, permisos, remuneraciones, jornadas de trabajo
  •  

2. Derecho comercial

  • Normas sobre constitución y funcionamiento de sociedades
  • Normas sobre constitución y funcionamiento de empresas individuales de responsabilidad limitada
  • Determinación del giro de la sociedad o de la empresa
  • Facultades de administración, aportes de los socios
  • Repartos de utilidades y otras
  • Contratos comerciales: factoring, leasing, joint venture, representación
  • Cláusulas especiales de contratos comerciales
  • Mérito ejecutivo de factura
  •  

3. Derecho Municipal y Administrativo

  • Patentes y permisos municipales
  • Inicio de actividades
  • Autorizaciones Municipales
  • Autorizaciones, Instituto de Salud Pública
  • Otras autorizaciones administrativas
ASESORÍAS (Máximo 10 al año)
  • Constitución y modificación de sociedades
  • Inicio de actividades en el SII
  • Registro de marca
  • Contrato de arriendo online para inicio de actividades
  • Revisión y redacción de contratos con proveedores y clientes
  • Revisión y redacción de contratos de trabajo
OTROS
  • 50 fimas Electrónicas para documentos gestionados con LegalChile.
  • 20% de descuento en otros servicios que LegalChile tenga disponibles para la empresa o para los socios como persona natural.

II. Exclusiones 

a) La atención de asuntos ocurridos antes de la entrada en vigencia del plan.
b) Cualquier conflicto laboral de carácter sindical, colectivo o distinto de los descritos en la
cobertura de este plan.
c) Los gastos notariales o inscripciones, de la asesoría y los gastos, costas o indemnizaciones del juicio distintos a los incluidos expresamente en el plan, serán de cargo del cliente.
d) La concurrencia a citaciones o audiencias que hayan sido informadas a LegalChile 48 horas después de haber sido recibidas por el cliente, según conste en el estampe o notificación de la referida citación.
e) Acciones judiciales o defensas contra otros afiliados o en las cuales LegalChile tenga conflicto de interés. En este caso LegalChile sólo estará obligada a instar por la mediación o conciliación privada entre las partes y si esta fracasa, no podrá ni deberá intervenir en representación de ninguno de los involucrados.

III. Vigencia 

Cobertura 12 meses.

IV. Cobertura 

Nacional. (Excluido Juan Fernández; Isla de Pascua y territorio Antártico Chileno)

V. Como utilizar el servicio

El cliente podrá efectuar sus consultas de las siguientes formas:

Horario de atención:

  • Para consultas telefónicas: lunes a viernes de 9.00 a 18.00 horas.
  • Para consultas vía formulario de contacto: El cliente puede enviar su consulta en cualquier horario.

DETALLES DEL SERVICIO PLAN PYME FULL

I. Descripción de la cobertura 

CONSULTAS (ILIMITADO).

El servicio cubre la atención de un abogado para contestar consultas referentes a las siguientes materias legales regidas por la legislación chilena.

1. Derecho Laboral

  • Contratos de Trabajo
  • Despido de Trabajadores
  • Inspección del Trabajo
  • Derechos Laborales: feriados, permisos, remuneraciones, jornadas de trabajo
  •  

2. Derecho comercial

  • Normas sobre constitución y funcionamiento de sociedades
  • Normas sobre constitución y funcionamiento de empresas individuales de responsabilidad limitada
  • Determinación del giro de la sociedad o de la empresa
  • Facultades de administración, aportes de los socios
  • Repartos de utilidades y otras
  • Contratos comerciales: factoring, leasing, joint venture, representación
  • Cláusulas especiales de contratos comerciales
  • Mérito ejecutivo de factura
  •  

3. Derecho Municipal y Administrativo

  • Patentes y permisos municipales
  • Inicio de actividades
  • Autorizaciones Municipales
  • Autorizaciones, Instituto de Salud Pública
  • Otras autorizaciones administrativas
ASESORÍAS (Máximo 10 al año)
  • Citación SII por causas legales
  • Modificación de sociedades
  • Revisión y Redacción de contratos con proveedores y clientes
  • Revisión y Redacción de contratos de trabajo y anexos; cartas de amonestación, cartas de despido y finiquitos (no incluye el cálculo)
  • Redacción de Reglamento Interno de la empresa
  • Redacción de mandatos o poderes
  • Gestiones en Registro de Comercio
  • Cobranza Extrajudicial de facturas
JUICIOS

Defensa de juicios laborales: 50% de descuento

OTROS
  • Firmas Electrónicas ilimitadas para documentos gestionados con LegalChile.
  • 40% de descuento en otros servicios que LegalChile tenga disponibles para la empresa o para los socios como persona natural.

II. Exclusiones 

a) La atención de asuntos ocurridos antes de la entrada en vigencia del plan.
b) Cualquier conflicto laboral de carácter sindical, colectivo o distinto de los descritos en la
cobertura de este plan.
c) Los gastos notariales o inscripciones, de la asesoría y los gastos, costas o indemnizaciones del juicio distintos a los incluidos expresamente en el plan, serán de cargo del cliente.
d) La concurrencia a citaciones o audiencias que hayan sido informadas a LegalChile 48 horas después de haber sido recibidas por el cliente, según conste en el estampe o notificación de la referida citación.
e) Acciones judiciales o defensas contra otros afiliados o en las cuales LegalChile tenga conflicto de interés. En este caso LegalChile sólo estará obligada a instar por la mediación o conciliación privada entre las partes y si esta fracasa, no podrá ni deberá intervenir en representación de ninguno de los involucrados.

III. Vigencia 

Cobertura 12 meses.

IV. Cobertura 

Nacional. (Excluido Juan Fernández; Isla de Pascua y territorio Antártico Chileno)

V. Como utilizar el servicio

El cliente podrá efectuar sus consultas de las siguientes formas:

Horario de atención:

  • Para consultas telefónicas: lunes a viernes de 9.00 a 18.00 horas.
  • Para consultas vía formulario de contacto: El cliente puede enviar su consulta en cualquier horario.
Escríbenos por Whatsapp